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jueves, 1 de septiembre de 2016

PROCEDIMIENTO DE EVALUACIÓN Y ACREDITACIÓN DE COMPETENCIAS PROFESIONALES

(La información prestada en esta página es meramente informativa y puede contener errores. Aconsejamos que se dirijan directamente a la legislación reguladora y a los organismos encargados de tramitar el procedimiento para obtener mas información y de mayor seguridad. La información aquí presentada no generará expectativas siendo un mero extracto de diferentes fuentes.)



El procedimiento de evaluación y acreditación de competencias profesionales es el conjunto de actuaciones dirigidas a evaluar y reconocer las competencias profesionales adquiridas a través de la experiencia laboral (a través de una actividad laboral desarrollada) o de vías no formales de formación (formación recibida a lo largo de la vida).
De esta forma se puede obtener un reconocimiento de la experiencia laboral, es decir, se reconocen Unidades de Competencia Profesional que pueden formar parte de certificados de profesionalidad, y por tanto susceptibles de convertirse en certificados de profesionalidad si se cumplen los requisitos.
El procedimiento tiene como objeto acreditar Unidades de Competencia adquiridas por la persona evaluada y si finalmente tiene el conjunto de las que configuran un Certificado de Profesionalidad  podrá ser solicitado por el interesado.
Las unidades de competencia profesional acreditadas o certificados de profesionalidad en su caso permiten, entre otras cosas, retomar estudios de formación profesional y quiere cursar un Ciclo Formativo podrá convalidar una serie de módulos profesionales de ese ciclo (este aspecto debe ser corroborado por la administración educativa en cada caso concreto).


Hay que tener en cuenta que para el acceso a los ciclos formativos se exigen unos requisitos previos como por ejemplo:
-para cursar un Ciclo Formativo de grado medio es necesario tener el Graduado en Educación Secundaria Obligatoria o equivalente.
-para los de grado superior el Bachillerato o equivalente.
-etc

Podemos concluir que los fines del procedimiento son:

“a) Evaluar las competencias profesionales que poseen las personas, adquiridas a través de la experiencia laboral y otras vías no formales de formación, mediante procedimientos y metodologías comunes que garanticen la validez, fiabilidad, objetividad y rigor técnico de la evaluación.
b) Acreditar oficialmente las competencias profesionales, favoreciendo su puesta en valor con el fin de facilitar tanto la inserción e integración laboral y la libre circulación en el mercado de trabajo, como la progresión personal y profesional.
c) Facilitar a las personas el aprendizaje a lo largo de la vida y el incremento de su cualificación profesional, ofreciendo oportunidades para la obtención de una acreditación parcial acumulable, con la finalidad de completar la formación conducente a la obtención del correspondiente título de formación profesional o certificado de profesionalidad.”


Requisitos de participación en el procedimiento.

“1. Las personas que deseen participar en el procedimiento deberán cumplir los siguientes requisitos:
a) Poseer la nacionalidad española, haber obtenido el certificado de registro de ciudadanía comunitaria o la tarjeta de familiar de ciudadano o ciudadana de la Unión, o ser titular de una autorización de residencia o, de residencia y trabajo en España en vigor, en los términos establecidos en la normativa española de extranjería e inmigración.
b) Tener 18 años cumplidos en el momento de realizar la inscripción, cuando se trate de unidades de competencia correspondientes a cualificaciones de nivel I y 20 años para los niveles II y III.
c) Tener experiencia laboral y/o formación relacionada con las competencias profesionales que se quieren acreditar:
1) En el caso de experiencia laboral. Justificar, al menos 3 años, con un mínimo de 2.000 horas trabajadas en total, en los últimos 10 años transcurridos antes de realizarse la convocatoria. Para las unidades de competencia de nivel I, se requerirán 2 años de experiencia laboral con un mínimo de 1.200 horas trabajadas en total.
2) En el caso de formación. Justificar, al menos 300 horas, en los últimos 10 años transcurridos antes de realizarse la convocatoria. Para las unidades de competencia de nivel I, se requerirán al menos 200 horas. En los casos en los que los módulos formativos
asociados a la unidad de competencia que se pretende acreditar contemplen una duración inferior, se deberán acreditar las horas establecidas en dichos módulos.
d) En los casos a los que se refiere el artículo 10.1.b), poseer documento justificativo de cumplir con alguno de los requisitos adicionales previstos.
2. Las personas mayores de 25 años que reúnan los requisitos de experiencia laboral o formativa indicados en el apartado anterior, y que no puedan justificarlos mediante los documentos señalados en el artículo 12 de este real decreto, podrán solicitar su inscripción provisional en el procedimiento. Presentarán la justificación mediante alguna prueba admitida en derecho, de su experiencia laboral o aprendizajes no formales de formación.
Para estudiar estos casos, las administraciones competentes designarán a los asesores y asesoras necesarios, que emitirán un informe sobre la procedencia o no de la participación del aspirante en el procedimiento. Si el informe es positivo, se procederá a la inscripción definitiva.”


Fases del procedimiento

Inscripción

Para poder iniciar un procedimiento es necesaria la previa publicación de la convocatoria en el Diario Oficial de la Comunidad Valenciana en el que se convocará el reconocimiento y acreditación de unas unidades de competencia concretas, correspondientes a una determinada cualificación profesional.
La convocatoria establece los  plazos y formas de presentar las solicitudes y la documentación correspondiente.

Asesoramiento

Es la fase en la que se le ayudará a ordenar toda su experiencia y su formación y valorarán si se corresponde con las unidades de competencia convocadas.
Esta fase tiene como finalidad analizar las actividades profesionales previas del candidato y el resultado de un test de autoevaluación, para identificar la correspondencia de sus aprendizajes con las unidades de competencia que serían más idóneas a efectos de solicitar su acreditación, así como proporcionar al candidato el apoyo necesario durante el proceso.

Evaluación

En esta fase se comprobará a través del análisis del expediente generado en la fase de asesoramiento, de entrevistas profesionales, simulaciones profesionales o técnicas similares, si realmente lo que usted ha aprendido por experiencia laboral permite reconocer que tiene adquiridas determinadas unidades de competencia profesional.
El evaluador debe comprobar que efectivamente su experiencia laboral y su formación le ha permitido adquirir las distintas unidades de competencia, utilizando una serie de instrumentos (Guía de Evidencias y Cuestionario de Autoevaluación principalmente) que le ayudaran a hacerlo de forma objetiva.

Fase de acreditación

Una vez finalizada la evaluación, la comisión remite la documentación al Servicio Gestión de la formación y cualificación profesional, quien emitirá un Certificado de de las Unidades obtenidas por el candidato. Con esta acreditación y las orientaciones recibidas por el evaluador usted decidirá, si es el caso, solicitar un Certificado de Profesionalidad, solicitar la matrícula en un Ciclo Formativo o cualquier otra que sea de su interés.

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