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viernes, 2 de septiembre de 2016

Procedimiento de evaluación y acreditación de unidades de competencia profesional adquiridas por experiencia laboral o de vías no formales de formación. Familia Profesional: EDIFICACIÓN Y OBRA CIVIL

(La información prestada en esta página es meramente informativa y puede contener errores. Aconsejamos que se dirijan directamente a la legislación reguladora y a los organismos encargados de tramitar el procedimiento para obtener mas información y de mayor seguridad. La información aquí presentada no generará expectativas siendo un mero extracto de diferentes fuentes.)

  • Ha sido publicado en el DOCV del 01/09/2016 el procedimiento de evaluación y acreditación de unidades de competencia profesional adquiridas por experiencia laboral en la familia profesional de EDIFICACIÓN Y OBRA CIVIL. Traducido esto a un lenguaje mas coloquial, estamos hablando del procedimiento mediante el cual las personas que, en su experiencia a través del trabajo o a través de las consideradas vías no formales de formación, pueden tratar de obtener una certificación de las unidades de competencia que se pueden considerar superadas.
Son pues un conjunto de actuaciones dirigidas a evaluar y reconocer las competencias profesionales adquiridas a través de la experiencia laboral o de vías no formales de formación mediante el procedimiento regulado en el Real Decreto 1224/2009, de 17 de julio, de reconocimiento de las competencias profesionales adquiridas por experiencia laboral.



Objeto del trámite

  • Llevar a cabo la evaluación y acreditación de unidades de competencia profesional adquiridas por experiencia laboral o de vías no formales de formación, a través de un procedimiento abierto de manera permanente durante un curso académico o hasta la finalización de las plazas convocadas, buscando facilitar la participación de los posibles candidatos en el procedimiento ampliando el marco temporal del mismo, en las siguientes familias profesionales:


FAMILIA PROFESIONAL: EDIFICACIÓN Y OBRA CIVIL
Cualificación profesional: Operaciones auxiliares de obra de fábricas y cubiertas (EOC271_1)
Cualificación profesional: Operaciones auxiliares de revestimientos continuos en construcción ( EOC272_1)
Cualificación profesional: Operaciones básicas de revestimientos ligeros y técnicos en construcción ( EOC578_1 )



Requisitos

  • Las personas que deseen participar en alguno de los procedimientos deberán cumplir los siguientes requisitos:

    1. Poseer la nacionalidad española, haber obtenido el certificado de registro de ciudadanía comunitaria o la tarjeta de familiar de ciudadano de la Unión, o ser titular de una autorización de residencia o, de residencia y trabajo en España en vigor, en los términos establecidos en la normativa española de extranjería e inmigración.

    2. Tener 20 años cumplidos en el momento de realizar la inscripción, para cualificaciones de nivel II y III, y 18 años para cualificaciones de nivel I.

    3. Tener experiencia laboral y/o formación relacionada con las competencias profesionales que se quieren acreditar:
    a) En el caso de experiencia laboral. Justificar en los últimos 10 años transcurridos antes de realizarse la convocatoria, para cualificaciones de nivel II y III, al menos 3 años, con un mínimo de 2000 horas trabajadas en total. Y para cualificaciones de nivel I, al menos 2 años, con un mínimo de 1200 horas trabajadas en total.
    b) En el caso de formación: Justificar en los últimos 10 años transcurridos antes de realizarse la convocatoria, al menos 300 horas para cualificaciones de nivel II y III, y 200 horas para cualificaciones de nivel I. En los casos en los que los módulos formativos asociados a la unidad de competencia que se pretende acreditar contemplen una duración inferior, se deberán acreditar las horas establecidas en dichos módulos. Ver anexo III de la convocatoria.
    La justificación del historial profesional y/o formativo se hará a través de la documentación que se establece en el anexo IV de la convocatoria.
    Los candidatos mayores de 25 años que reúnan los requisitos de experiencia laboral o formativa indicados anteriormente y que no puedan justificarlos mediante los documentos señalados en el anexo IV, podrán solicitar su inscripción provisional en el procedimiento. Presentarán la justificación mediante alguna prueba admitida en derecho de su experiencia laboral o aprendizajes no formales. Las comisiones de asesoramiento estudiarán la documentación y determinarán si procede su inscripción definitiva.

    La falta del cumplimiento de los requisitos establecidos comporta la exclusión de la convocatoria.


Plazo de presentación

  • El plazo de preinscripción quedará abierto desde el 8 de septiembre de 2016 hasta el 31 de mayo de 2017 o hasta que hayan accedido a la fase del asesoramiento tantos candidatos como plazas se hayan convocado.

    En el caso de que se agoten las plazas convocadas se paralizará la fase de preinscripción, de lo que se informará en los centros y en la web citada anteriormente.


¿Dónde dirigirse?

Presencial



  • Para participar en alguno de los procedimientos convocados, los candidatos deberán preinscribirse a través del enlace que oportunamente se publicará en la web de la Conselleria de Educación, Investigación, Cultura y Deporte: Educación: Cualificaciones Profesionales


¿Qué documentación se debe presentar?

  • Los candidatos del grupo que se active de acuerdo con lo previsto en la convocatoria y en el momento indicado,
    deberán acudir al centro en las fechas y horario que este disponga, con los originales y copias en su caso, de la documentación prevista en el anexo IV y que es la siguiente:

    - En caso de ciudadano español: DNI o pasaporte en vigor
    En caso de ciudadano comunitario: certificado de registro de ciudadano comunitario
    En caso de familiar de ciudadano comunitario: tarjeta de familiar de ciudadano de la Unión Europea
    En caso de ciudadano no comunitario: autorización de residencia o autorización de residencia y trabajo

    - En caso de marcar como criterio de prioridad residir en la Comunidad Valenciana: certificado de empadronamiento.

    Y además:
  • SOLICITANTES QUE OPTAN POR LA EXPERIENCIA LABORAL
    - Trabajador asalariado.
    La certificación de vida laboral de la Tesorería General de la Seguridad Social, del Instituto Social de la Marina o de la Mutualidad a la que estuviera afiliado, donde conste la empresa, la categoría laboral (grupo de cotización) y el período de contratación y, además, contratos de trabajo o certificado/s de empresa/s conforme al modelo ANEXO V, donde haya adquirido la experiencia laboral, en la que conste específicamente la duración de los períodos de prestación del contrato, tipo de jornada, la actividad desarrollada e intervalo de tiempo en el que se ha realizado dicha actividad. También serán válidos los certificados de empresas que contengan los datos citados anteriormente.
    - Trabajador autónomo.
    Certificación de la Tesorería General de la Seguridad Social o del Instituto Social de la Marina de los períodos de alta en la Seguridad Social en el régimen especial correspondiente y, además, una descripción de la actividad desarrollada e intervalo de tiempo en el que se ha realizado la misma, que se cumplimentará obligatoriamente en el anexo VII de la convocatoria.
    - Voluntarios o becarios
    Certificación de la organización donde se haya prestado la asistencia en la que consten, específicamente, las actividades y funciones realizadas, el año en el que se han realizado y el número total de horas dedicadas a las mismas, según el modelo del ANEXO VIII de la convocatoria. También serán válidos los certificados de las organizaciones que contengan los datos citados anteriormente
  • SOLICITANTES QUE OPTAN POR LA FORMACIÓN NO FORMAL SUFICIENTE
    Certificación de la entidad organizadora en la que consten los contenidos, las horas de formación y la fecha de la misma, conforme al modelo ANNEXO VI. También serán válidos los certificados de las entidades que contengan los datos citados anteriormente.


    SOLICITANTES MAYORES DE 25 AÑOS QUE REUNIENDO LOS REQUISITOS DE EXPERIENCIA LABORAL O FORMATIVA NO PUEDEN DOCUMENTARLOS
    Presentarán la justificación mediante alguna prueba admitida en derecho, de su experiencia laboral o aprendizajes no formales de formación.

    El interesado debe presentar originales u original y copia para cotejarar


Impresos asociados





¿Cómo se tramita?

Pasos

  • PREINSCRIPCIÓN
Para participar en alguno de los procedimientos convocados, los candidatos deberán preinscribirse a través del enlace que oportunamente se publicará en la web de la Conselleria de Educación, Investigación, Cultura y Deporte: Educación: Cualificaciones Profesionales, cumplimentando los datos de contacto que se le soliciten, según el modelo que consta en el anexo II.1 y II.2 de la convocatoria.

Elección de Centro.
En el caso de ofertarse más de un centro el candidato deberá optar por uno de ellos, si se inscribe en más de un centro quedará excluido del procedimiento en todos ellos.


CRITERIOS DE PRIORIDAD Y ACTIVACIÓN DE GRUPOS
Criterios de prioridad. Activación de grupos. Traslado de plazas.

- Criterios de prioridad
La preinscripción no asegura la participación en proceso de admisión, puesto que cuando se activa un grupo, si hay más candidatos preinscritos que plazas se activan en el grupo, se aplicarán los criterios de prioridad que se indican a continuación.
Bloque I. Primer nivel de prioridad: Residentes en la Comunitat Valenciana que acrediten el requisito de suficiente experiencia laboral relacionada con las cualificaciones convocadas, como profesional asalariado, autónomo o voluntario.
Bloque II. Segundo nivel de de prioridad: Residentes en la Comunidad Valenciana, que no teniendo suficiente experiencia laboral, acrediten formación no formal suficiente.
Bloque III. Tercer nivel de prioridad: Resto de participantes

En todos los bloques se respetará el orden de preinscripción.

Aquellos candidatos que estando preinscritos no sean convocados para pasar a la fase de admisión, quedarán en espera para optar a entrar en los siguientes grupos que se activen en esa sede, siempre y cuando no se hayan agotado las plazas o finalizado el plazo de preinscripción, en cuyo caso se pierde el derecho participar en el procedimiento hasta nueva convocatoria, si la hubiere.

Agotado el plazo de preinscripción, se activará el último grupo. Si el número de candidatos preinscritos es menor que el número de plazas restantes pasarán todos a la fase de admisión. Pero si el número de candidatos preinscritos es mayor que el número de plazas restantes se aplicarán los criterios de prioridad, convocando a la fase de admisión el número de candidatos necesarios para cubrir el total de plazas restantes.
Una vez evaluado este último grupo, se dará por finalizado el procedimiento en esa sede.


- Activación de grupos

Con carácter general se activará un grupo cuando se hayan preinscrito un número de candidatos equivalente a un cuarto del número total de plazas asignadas a esa sede, pero se podrá aumentar o disminuir a criterio del centro según el número de plazas ofertadas y solicitudes recibidas.

Si se ha alcanzado el número de candidatos citados anteriormente, el primer grupo se activará transcurrido un mes natural desde el inicio del plazo de preinscripción, en caso contrario quedará a criterio de la comisión de admisión, en función de las solicitudes recibidas. Los siguientes se activarán una vez que el grupo precedente haya finalizado la fase de asesoramiento, aunque se puede adelantar a efectos de admisión si se ha alcanzado una ratio suficiente y en todo caso transcurridos dos meses naturales desde la activación del último grupo

INSCRIPCIÓN

Los candidatos del grupo que se active de acuerdo con lo previsto en el apartado anterior, serán citados a una sesión, de obligada asistencia, en la que el equipo de asesores designado para esa sede, en colaboración con el departamento de orientación, les informará sobre las condiciones, requisitos y experiencia laboral y/o formación no formal que hay que acreditar, así como la forma de hacerlo, para poder optar al procedimiento convocado.

Igualmente les facilitarán información sobre la posible regulación profesional, sobre cómo obtener la acreditación de unidades de competencia, las posibilidades de conseguir un Certificado de Profesionalidad o Título de Técnico o Técnico Superior y finalmente lo que supone respecto de la citada regulación.
Una vez informados sobre los requisitos necesarios para participar, posibilidades del mismo y regulación profesional, aquellos candidatos que consideren que cumplen los requisitos pasarán a al proceso de admisión.

Para ello deberán acudir al centro en las fechas y horario que este disponga, con los originales y copias en su caso, de la documentación prevista en el anexo IV, dicha documentación será recogida por el equipo de asesores que dará las oportunas indicaciones a los candidatos para la fase de admisión.
En la web de la Conselleria de Educación, Investigación, Cultura y Deporte (Educación e Investigación: Formación: Cualificaciones Profesionales) y en los propios centros se harán públicas las listas de inscritos de cada grupo que se active.
Enlace web: http://www.ceice.gva.es/web/cualificaciones-profesionales


ADMISIÓN DEFINITIVA EN EL PROCEDIMIENTO
- Revisión de la documentación aportada.

Los equipos de asesores nombrados en los centros y sedes, se constituirán como comisión de admisión y revisarán la documentación aportada por las personas candidatas, comprobando que cumplen con los requisitos de la convocatoria.

-. Listas provisionales de admitidos.

Los equipos de asesores harán públicas, al menos en los tablones de anuncios del centro o sede y la administración en la Web citada en el punto anterior, la lista provisional de admitidos y excluidos, con expresión de los motivos de la exclusión.

Las personas excluidas dispondrán de 5 días hábiles, a partir del día siguiente al de la publicación de las listas provisionales, para presentar ante la comisión de admisión, alegaciones contra la exclusión.

- Listas definitivas de admitidos.
Las comisiones de admisión analizarán las alegaciones presentadas por los interesados y elaborarán las listas definitivas de admitidos y excluidos, que se expondrán en los tablones de anuncios del centro o sede, en el plazo máximo de 5 días hábiles posteriores a la finalización del plazo de presentación de reclamaciones. Dándose así por cumplido el acto de notificación del resultado de las alegaciones interpuestas.
Contra este acto podrá interponerse recurso de alzada ante la Directora General de Formación Profesional y Enseñanzas de Régimen Especial, en el plazo de un mes.
Al publicar las listas de admitidos se recordará que para acceder a la fase de asesoramiento deberán abonar la tasa correspondiente y acreditar el pago en las secretarías de los centros, que incorporarán la justificación al expediente del candidato.


CENTROS EN LOS QUE SE DESARROLLARÁ EL PROCEDIMIENTO Y Nº DE PLAZAS:



  • El procedimiento convocado se llevará a cabo en el CIPFP Vicente Blasco Ibáñez Valencia (VALENCIA), sin perjuicio de que cuando sea necesario se determinen otras sedes para la realización de algunas fases del procedimiento, lo que será oportunamente indicado en la web de Cualificaciones Profesionales.

    * Nº DE PLAZAS: 130

    CUALIFICACIONES Y UNIDADES DE COMPETENCIA CONVOCADAS

    - Cualificación: Operaciones auxiliares de obra de fábricas y cubiertas (EOC271_1 )
    UC0276_1 Realizar trabajos auxiliares en obras de construcción.
    UC0869_1 Elaborar pastas, morteros, adhesivos y hormigones.
    UC0142_1 Construir fábricas para revestir.
    UC0870_1 Construir faldones para cubiertas.


  • - Cualificación: Operaciones auxiliares de revestimientos continuos en construcción (EOC272_1)
    UC0276_1 Realizar trabajos auxiliares en obras de construcción.
    UC0869_1 Elaborar pastes
    UC0871_1 Sanear y regularizar apoyos para revestimiento en construcción.
    UC0872_1 Realizar enfoscados y guarnecidos "a buena vista".
    UC0873_1 Aplicar imprimaciones y pinturas protectoras en construcción
    - Cualificación: Operaciones básicas de revestimientos ligeros y técnicos en construcción (EOC578_1)
    UC0276_1 Realizar trabajos auxiliares en obras de construcción
    UC1903_1 Realizar operaciones básicas en instalación de placa de yeso laminado
    UC1902_1 Instalar pavimentos ligeros con apoyo continuo.
    UC0871_1 Sanear y regularizar apoyos para revestimiento en construcción



  • Un candidato podrá solicitar como máximo las unidades de competencia de dos cualificaciones completas.

    DUDAS O CONSULTAS
Cualquier duda sobre la convocatoria será atendida en el correo ivqp@gva.es y en los teléfonos siguientes: 961923382, 961923364, 961923443 y 961923388 de 09h a 14h


Criterios de valoración

  • Para ser admitido en el procedimiento será necesario:

    1- Haber confirmado en tiempo y forma su preinscripción.

    2. Cumplir con los requisitos previstos en el apartado 1 del Anexo I de la RESOLUCIÓN de de de 2016, de la Dirección General de Formación Profesional y Enseñanzas de Régimen Especial, de la Conselleria de Educación, Investigación, Cultura y Deporte, por la que se promueve en la Comunitat Valenciana, ..........................
3. Encontrarse entre los aspirantes seleccionados a participar en el procedimiento, una vez aplicado lo establecido en las bases de la actual convocatoria.


Fuentes


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