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Ante la demanda de varios usuarios de ser inscritos en acciones formativas, vuelvo a informar:
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Gracias por su colaboración.

martes, 21 de noviembre de 2017

Procedimiento para la evaluación y acreditación en la familia profesional de hostelería y turismo

Procedimiento para la evaluación y acreditación de determinadas unidades de competencia profesional, adquiridas a través de la experiencia laboral o de vías no formales de formación, en la familia profesional de hostelería y turismo, para las cualificaciones profesionales siguientes:
- HOT091_1 Operaciones Básicas de Cocina (ver ficha del INCUAL)
- HOT093_2 Cocina (Ver ficha del INCUAL)

En palabras mas sencillas, se abre un procedimiento, en el ámbito de la Comunitat Valenciana, mediante el cual, personas que no tienen en su poder el certificado de profesionalidad de - HOT091_1 Operaciones Básicas de Cocina o de HOT093_2 Cocina, pero si conocimientos o experiencia profesional, pueden intentar obtener un certificado de sus conocimientos en la materia.
Así pues personas con experiencia en cocina (experiencia profesional) o con cursos de formación, bien incompletos (certificaciones parciales), bien por cursos no homologables (vías no formales de formación), pueden acceder a un proceso de acreditación.
En este proceso de acreditación, unos asesores y evaluadores les guiarán en los pasos necesarios para llegar a acreditar sus conocimientos y experiencia mediante un certificado. Para conocer más sobre la normativa de estos procedimientos acceder al real decreto que lo desarrolla.

Requisitos (extraidos de la guia prop)

1. Poseer la nacionalidad española, haber obtenido el certificado de registro de ciudadanía comunitaria o la tarjeta de familiar de ciudadano de la Unión, o ser titular de una autorización de residencia o, de residencia y trabajo en España en vigor, en los términos establecidos en la normativa española de extranjería e inmigración
2. Tener 20 años cumplidos en el momento de realizar la inscripción, para cualificaciones de nivel II (Cocina) y III, y 18 años para cualificaciones de nivel I (Operaciones Básicas de Cocina).
3. Tener experiencia laboral y/o formación relacionada con las competencias profesionales que se quieren acreditar:
a) En el caso de experiencia laboral. Justificar en los últimos 10 años transcurridos antes de realizarse la convocatoria, para cualificaciones de nivel II y III, al menos 3 años, con un mínimo de 2000 horas trabajadas en total. Y para cualificaciones de nivel I, al menos 2 años, con un mínimo de 1200 horas trabajadas en total.
b) En el caso de formación: Justificar en los últimos 10 años transcurridos antes de realizarse la convocatoria, al menos 300 horas para cualificaciones de nivel II y III, y 200 horas para cualificaciones de nivel I. En los casos en los que los módulos formativos asociados a la unidad de competencia que se pretende acreditar contemplen una duración inferior, se deberán acreditar las horas establecidas en dichos módulos. Ver anexo III de la convocatoria.
La justificación del historial profesional y/o formativo se hará a través de la documentación que se establece en el anexo IV de la convocatoria.
Los candidatos mayores de 25 años que reúnan los requisitos de experiencia laboral o formativa indicados anteriormente y que no puedan justificarlos mediante los documentos señalados en el anexo IV, podrán solicitar su inscripción provisional en el procedimiento. Presentarán la justificación mediante alguna prueba admitida en derecho de su experiencia laboral o aprendizajes no formales. Las comisiones de admisión estudiarán la documentación y determinarán si procede su inscripción definitiva.
La falta del cumplimiento de los requisitos establecidos comporta la exclusión de la convocatoria.

Pago de Tasas 2017

Para acceder a la fase de asesoramiento hay que abonar una tasa única y para acceder a la fase de evaluación hay que abonar una tasa por cada unidad de competencia solicitada.
El abono de dichas tasas se realizará de la siguiente manera:
- Asesoramiento: Cuando en la web de Cualificaciones Profesionales de la Conselleria de Educación, Investigación, Cultura y Deporte se publique la lista definitiva de admitidos al procedimiento, se incluirán los enlaces de la solicitud de participación en dicha fase así como el enlace al impreso de pago de tasas y las instrucciones pertinentes.
- Evaluación: Cuando en la citada web se publique el inicio de la fase de evaluación, se incluirán los enlaces de la solicitud de participación en dicha fase así como el enlace al impreso de pago de tasas y las instrucciones pertinentes.
Existen exenciones o minoraciones en el importe de las tasas reguladas en el artículo 132 del Texto Refundido de la Ley de Tasas de la Generalitat Valenciana, y son:
- Exentos del pago de tasas "los sujetos pasivos que se encuentren inscritos como demandantes legales de empleo, con una antigüedad mínima de 3 meses, referida a la fecha de la respectiva inscripción".
- Tienen derecho a una bonificación del 50 por 100 de la cuota "los discapacitados con un grado de minusvalía igual o superior al 33 por 100".

Plazo de presentación de solicitudes:

El plazo de presentación de solicitudes será de 20 días hábiles, sin contar sábados, domingos ni festivos, a contar desde el día siguiente a la publicación en el DOGV nº 8173, de 20/11/2017.
Según figura en la web de la conselleria de educació: Plazo 21 de noviembre 2017 al 20 de diciembre de 2017 ambos incluidos.
Si tras leer esto, crees que estás interesado en el procedimiento puedes encontrar más información en las siguientes webs:
PROP.GVA
Pagina de Educación
Convocatoria.



Fuentes:
http://www.dogv.gva.es/datos/2017/11/20/pdf/2017_10492.pdf
http://www.gva.es/es/inicio/procedimientos?id_proc=18928&version=amp



NOTA.- Se recuerda que este blog no es oficial, su función es divulgativa y orientativa. Debe contrastarse la información en los lugares oficiales. En este mismo post encontrará enlaces a los organismos convocantes y a la normativa publicada.

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