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martes, 3 de abril de 2018

Procedimiento para la evaluación y acreditación en la familia profesional de transportista interior e internacional de mercancías y viajeros

La Conselleria de Vivienda, Obras Públicas y Vertebración del Territorio ha convocado pruebas para la evaluación y acreditación en la familia profesional de transportista interior e internacional de mercancías y viajeros
TECE - Examen de COMPETENCIA PROFESIONAL para el ejercicio de las actividades de transporte de mercancias y de viajeros por carretera.
El objetivo que se pretende con la realización de las pruebas es la de obtener el certificado de competencia profesional, para el ejercicio de la actividad de transportista interior e internacional de mercancías y viajeros, que a tal efecto expide la Conselleria de Vivienda, Obras Públicas y Vertebración del Territorio previa la superación de las correspondientes pruebas.
Concretamente en dos especialidades:
  • Interior e internacional de mercancías
  • Interior e internacional de viajeros


Interesados/Solicitantes
Las personas que deseen llevar a cabo las actividades mencionadas anteriormente y cumplan los requisitos que se mencionan a continuación.
NOTA:
El solicitante sólo podrá optar por una de las dos modalidades, es decir, MERCANCÍAS O VIAJEROS.
Requisitos
- Tener domicilio legal en el territorio de la Comunitat Valenciana,
- Estar empadronado dentro de la Comunitat un mínimo de 185 dias.
La presentación de la solicitud puede requerir el pago de tasas, según se indica en la pg web del prop que informa del procedimiento el importe de la tasa es la - A08: 14,19 euros
Enlace relacionado con el pago de las tasas
http://www.citma.gva.es/web/transportes/inf-admin/tasas-trans/modelos-046-sara/solicitud-autoriz



El plazo de presentación de las solicitudes para cada examen será del 1 al 20 de abril o del 1 al 20 de octubre de cada año.
Presencial
a) En los registros de los órganos administrativos a que se dirijan.
b) En los registros de cualquier órgano administrativo, que pertenezca a la Administración General del Estado, a la de cualquier Administración de las Comunidades Autónomas, a la de cualquier Administración de las Diputaciones Provinciales, Cabildos y Consejos Insulares, a los Ayuntamientos de los Municipios a que se refiere el artículo 121 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, o a la del resto de las entidades que integran la Administración Local si, en este último caso, se hubiese suscrito el oportuno convenio.
c) En las oficinas de Correos, en la forma que reglamentariamente se establezca.
d) En las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero.
e) En cualquier otro que establezcan las disposiciones vigentes.
Y preferentemente en:
REGISTRO DE LA DIRECCIÓN TERRITORIAL DE VIVIENDA, OBRAS PÚBLICAS Y VERTEBRACIÓN DEL TERRITORIO – CASTELLÓN
AVDA. DEL MAR, 16
12003 Castelló de la Plana/Castellón de la Plana
Tel: 012
REGISTRO DEL SERVICIO TERRITORIAL DE TRANSPORTES – ALICANTE
AVDA. AGUILERA, 1
03007 Alacant/Alicante
Tel: 012
REGISTRO DEL SERVICIO TERRITORIAL DE TRANSPORTES – VALENCIA
C/ GREGORIO GEA, 27
46009 València
Tel: 012
O bien por internet con certificado electrónico:
https://www.tramita.gva.es/ctt-att-atr/asistente/iniciarTramite.html ?tramite=CIT-CAPTRANS&version=2&login=c&idioma=es&idCatGuc=PR&idProcGuc=160

documentación a presentar:

Las solicitudes relativas a obtención del certificado de competencia profesional para el ejercicio de las actividades de transporte de mercancías y de viajeros por carretera se presentarán de forma telemática.
La falta de justificación del abono de los derechos de examen determinará la exclusión del aspirante.
Estas solicitudes se adecuarán a los modelos normalizados que estarán accesibles en la sede electrónica de la Generalitat, https://sede.gva.es (o en la URL http://www.habitatge.gva.es/web/transportes), diseñados al efecto. Para poder realizar la presentación electrónica, la persona solicitante deberá disponer de firma electrónica, mediante el certificado reconocido para la ciudadanía emitido por la Agencia de Tecnología y Certificación Electrónica (www.accv.es), del DNI electrónico o cualquier otro admitido por la sede electrónica de la Generalitat con los siguientes criterios:



El formulario de solicitud incorporará:
a) La indicación de un lugar para la realizar las pruebas, en la Comunitat Valenciana, que únicamente se podrá modificar previa solicitud y en el plazo de subsanación de la lista provisional de admitidos y excluidos.
b) Para aquellos supuestos en los que el domicilio indicado en el documento de identidad no sea de la Comunitat Valenciana, se adjuntará mediante el procedimiento telemático un certificado de empadronamiento reciente en el que conste inscripción en un municipio de la Comunitat Valenciana.
c) Se hará constar igualmente si se opta por la modalidad de viajeros o mercancías, no siendo posible optar a ambas en la misma convocatoria.
Los impresos asociados pueden encontrarse en el siguiente enlace
  • ¿Cómo se tramita?
- Pago de los derechos de examen.
- Presentación de la solicitud y documentación requerida.
- El director general de Obras Públicas, Transporte y Movilidad designará tribunal, fecha, hora y lugar de realización de ejercicios, procediendo a su publicación en el Diari Oficial de la Comunitat Valenciana con al menos diez días de antelación a la celebración del primer ejercicio.
- El tribunal de las pruebas es único para toda la Comunitat Valenciana y estará constituido por siete miembros: el Presidente, cinco vocales y el Secretario, el cual actuará con voz y voto, pudiendo designarse miembros suplentes de los anteriores.
- Las pruebas se realizarán simultáneamente en las ciudades de: Valencia, Alicante y Castellón.
- Antes del 30 de abril y 30 de octubre, en cada servicio territorial de Transporte y en los Servicios Centrales, se expondrá la lista provisional de excluidos y admitidos a las pruebas que se realizan en su correspondiente ciudad, con un plazo de 10 días para subsanar los errores que hubieran motivado su no admisión o presentar las alegaciones que consideren convenientes, de conformidad con el art. 71 de la Ley 4/1999 de 13 de enero, de modificación de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Subsanados, en su caso los errores o atendidas las alegaciones presentadas, se expondrán las listas definitivas en las dependencias mencionadas, cuarenta y ocho horas antes de la celebración de las pruebas de capacitación.
- Las listas provisionales de las personas que superen las pruebas serán expuestas en las mismas dependencias señaladas, disponiendo los examinados de 10 días para presentar las alegaciones que consideren convenientes.
- Atendidas las alegaciones presentadas y, en su caso, subsanados los errores detectados, se expondrán las listas definitivas en cada Servicio Territorial de Transportes y en los servicios centrales.
- Los correspondientes certificados de capacitación serán expedidos por la Conselleria de Vivienda, Obras Públicas y Vertebración del Territorio, a las personas que superen las correspondientes pruebas de capacitación y figuren como tales en la relación a tal efecto elaborada por los correspondientes tribunales.
Para mas información ver los siguientes enlaces:
http://www.gva.es/es/inicio/procedimientos;jsessionid=nlJYhDkZJwdGyGqXDK5RG1HW5rYthRmTK2nrhpQMmp5pQKP2vY08!139424437!1522738201589?id_proc=160
http://www.habitatge.gva.es/web/transportes/examenes-trans/capacitacion-trans/normativa2
Fuentes:
http://www.gva.es/es/inicio/procedimientos;jsessionid=nlJYhDkZJwdGyGqXDK5RG1HW5rYthRmTK2nrhpQMmp5pQKP2vY08!139424437!1522738201589?id_proc=160
http://www.habitatge.gva.es/web/transportes/examenes-trans/capacitacion-trans/normativa2



NOTA.- Se recuerda que este blog no es oficial, su función es divulgativa y orientativa. Debe contrastarse la información en los lugares oficiales. En este mismo post encontrará enlaces a los organismos convocantes y a la normativa publicada.

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